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El Ayuntamiento ofrece una alternativa de alojamiento a la familia desalojada esta mañana de la casa de un particular

15/01/2019


El Ayuntamiento de Barakaldo, a través del área de Acción Social, ha ofrecido una alternativa de alojamiento provisional a la familia que ha sido desalojada esta mañana de una vivienda privada. Esta misma mañana, los afectados han rechazado la medida hasta en dos ocasiones. El equipo de gobierno lamenta que no hayan aceptado las propuestas planteadas desde las trabajadoras sociales.
Tal como los propios afectados han manifestado, se trata del desalojo de una vivienda donde hasta ahora vivían de alquiler, vivienda privada cuyo propietario hace un año les comunicó a los inquilinos su voluntad de recuperarla y no prorrogar el alquiler.


El Área de Acción Social del Ayuntamiento tuvo conocimiento de esta situación desde marzo, y desde entonces se está trabajando con la familia, a la que se le ha asesorado y orientado en todo momento. Desde el área de Acción Social se consiguió mediar con el juzgado para lograr una prórroga de 1 meses en el desalojo y además se activó el “procedimiento de adjudicación directa” con Alokabide, servicio de alquiler del Gobierno vasco, para solicitar con urgencia una vivienda para estos barakaldeses. El concejal de Acción Social ha realizado una solicitud a Alokabide para que aceleren el procedimiento lo máximo posible.
La familia ha recibido una atención impecable por parte de las trabajadoras sociales, al igual que el resto de personas que acuden a pedir ayuda al Ayuntamiento.


Desde el Ayuntamiento no podemos dar información sobre la situación concreta de ningún demandante de ayudas sociales, debido a la obligación de confidencialidad. Únicamente podemos informar de las ayudas que se ofrecen desde el Ayuntamiento y otras instituciones a todas las personas que se encuentran en este tipo de situaciones.


Estas personas pueden recibir 3 tipos de ayudas:
1.- RGI, con una percepción de que oscila entre los 693 euros por una persona en la unidad familiar y entre los 800 y 850 euros por dos personas mensuales.
2.- Prestación complementaria para ayuda al pago de vivienda, lo que suponen 250 euros mensuales.
3.- Ayudas Emergencia Social, que ayudan por ejemplo, al pago de la fianza cuando se inicia un nuevo contrato de alquiler. El montante varía en función de cada caso.

Únicamente existen dos motivos por los que un ciudadano o ciudadana no pueda recibir estas ayudas:
1.- Que no las solicite.
2.- Que no pueda justificar haber dedicado ayudas recibidas con anterioridad al fin para el que fueron concedidas.


Desde el Ayuntamiento, además, disponemos de un parque de viviendas municipales que en estos momentos se encuentran al completo. Cuando una de estas viviendas queda desocupada, son las propias trabajadoras sociales las que deciden a quién otorgársela atendiendo a criterios objetivos y profesionales que bareman cuál es el caso de mayor urgencia.

 

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